Se trata de la primera de las tres causas por la que el juez de la
Audiencia Nacional se sentó en el banquillo de los acusados
09.02.12 - 14:09 -
ABC.es |
El Tribunal Supremo ha condenado a Baltasar
Garzón a 11 años de inhabilitación por ordenar la interceptación de las
comunicaciones que mantuvieron en prisión los principales imputados en el «caso Gürtel» y sus abogados, han informado fuentes
jurídicas.
El fallo ha sido comunicado personalmente al aún titular del Juzgado
Central de Instrucción número 5, que se desplazó esta mañana a la sede del
Tribunal Supremo. Tras conocer la sentencia, un poco antes de las dos de esta
tarde, Garzón ha abandonado con semblante serio el alto tribunal sin realizar
declaraciones.
La sentencia del alto tribunal, que se ha aprobado por unanimidad de los
siete magistrados que juzgaron a Garzón por las escuchas, supone la «pérdida definitiva» de la condición de juez del hasta ahora
titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.
El Supremo sostiene que Garzón, al ordenar las grabaciones, adoptó una
resolución injusta y restringió el derecho de defensa de los imputados en
prisión «sin razón alguna que pudiera resultar minimamente aceptable».
El tribunal está presidido por el magistrado Joaquín Giménez. La sentencia, que
tiene como ponente al juez Miguel Colmenero. Completaban la Sala
los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Francisco Monterde, Juan Manuel
Berdugo, Manuel Marchena -instructor del caso
de los cobros de Nueva York- y Luciano Varela -instructor de la
causa contra Garzón por investigar los crímenes del franquismo-.
Se trata de la primera causa por la que el juez de
la Audiencia Nacional se sentó en el banquillo de los acusados por cometer un
supuesto delito de prevaricación y otro de uso de artificios de escucha y
grabación con violación de las garantías constitucionales.
Ayer mismo quedó visto para sentencia el segundo
juicio celebrado contra él en el Tribunal Supremo, por un presunto
delito de prevaricación cometido al investigar los crímenes franquistas
careciendo de competencia para ello. Durante el juicio, celebrado desde el 17
al 19 de enero, el juez declaró su inocencia, aseguró que en todo momento
garantizó el derecho de defensa de los investigados y dijo asumir «todas y cada
una de las decisiones, que fueron tomadas reflexivamente y en cumplimiento de
la más estricta legalidad».
El abogado de la acusación Ignacio Peláez, defensor del
empresario imputado en el caso Gürtel José Luis
Ulibarri y autor de la querella inicial que dio lugar a este procedimiento, pedía
una pena de 10 años de inhabilitación. Mientras tanto, los letrados Antonio Choclán y Pablo
Rodríguez Mourullo, abogados de Francisco Correa y Pablo Crespo, solicitaban que dicha inhabilitación se prolongara
entre 17 y 15 años.
Los fiscales Pilar Fernández Valcarce y Antolín Herrero no presentaron acusación y solicitaron
la absolución del magistrado al defender que la intervención pretendía evitar
que los miembros de la red corrupta blanquearan capitales y alegar que en casos
ajenos al terrorismo como el de la joven Marta del Castillo o el del ex abogado
y narcotraficante ya fallecido Pablo Vioque también se ordenó el «pinchazo» de
las entrevistas entre presos y abogados.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, suspendido
cautelarmente en sus funciones desde mayo de 2010, tiene abiertos otros procedimientos en su contra. De un lado, la causa
abierta por una presunta prevaricación cometida al investigar los crímenes del
franquismo sin competencias y, de otro, el proceso por unos cobros que habría
podido recibir del Banco del Santander y otras entidades por organizar unos
cursos en la Universidad de Nueva York
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